Anoten esta fecha: 22 de Noviembre del 2.012, porque es el día en que entra en vigor la nueva ley de tasas y también el día en que los ciudadanos de este país, si no se enmienda la norma, dejaremos de tener libre acceso a la Justicia.
Los importes más relevantes son los siguientes:
En el orden civil:
Verbal 150€
Ordinario 300€
Monitorios 100€
Ejecución extrajudicial 200€
Concurso necesario 200€
Apelación 800€
Casación 1.200€
En el orden contencioso-administrativo:
Abreviado 200€
Ordinario 350€
Apelación 800€
Casación 1.200€
En el orden social:
Suplicación 500€
Casación 750€
Además se añadirá el 0,5% de la cantidad objeto de disputa hasta 1.000.000€ y el 0,25% por la cantidad que exceda de dicha cifra.
Los importes son tan grandes que muchos ciudadanos y empresas van a ser disuadidos de interponer demandas y recursos por la sencilla razón de que las tasas lo harán inviable, especialmente en los asuntos de pequeña cuantía. Este y no otro parece el objetivo principal de la Ley.
Es evidente que si los costes de interponer un procedimiento, o recurrir una resolución injusta, son superiores a la cantidad objeto de disputa, el pleito no se va a interponer. Sin embargo, eso no va a suceder en las reclamaciones de cantidades importantes porque ahí sí que se maneja un porcentaje que no hace inviable el procedimiento.
Si este disparate legal no se modifica, muchos ciudadanos van a ser privados del acceso real a la justicia, pero eso sí, harán sitio para que se puedan dirimir con la debida atención los pleitos de cuantías importantes, como por ejemplo los interpuestos por entidades financieras o compañías de seguros.
No hay comentarios:
Publicar un comentario