lunes, 20 de enero de 2014

COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL




Si la pasada semana incluimos un post sobre las nuevas restricciones en los aplazamientos de pago de IRPF de las empresas a la Agencia Tributaria, hoy vamos a hablar del endurecimiento de las cotizaciones a la Seguridad Social de conceptos retributivos que hasta ahora estaban exentos de cotización.
La reforma fue publicada el pasado 21 de Diciembre y modifica el artículo 109 de la Ley General de la Seguridad social. A partir de ahora pasarán a cotizar los pagos que hagan las empresas a sus trabajadores por los siguientes conceptos, entre otros:

-Plus Transporte

-Manutención en el municipio donde reside la empresa o el trabajador. Por ejemplo Ticket restaurante o comedor.

-Cualquier retribución en especie percibida por el trabajador, como por ejemplo el uso de vehículo para uso mixto laboral y privado.

Sin embargo sí que se mantiene la exención de las indemnizaciones por fallecimiento y las correspondientes a traslados, suspensiones y despidos.

Es preciso decir que la reforma afecta directa y mayoritariamente a las retribuciones de escaso valor, cuya cuantía por otra parte ya estaba limitada. Que nadie se confunda, esto no va dirigido a la retribuciones de elevado importe. La diana está puesta en todos aquellos que cotizan por debajo de la base máxima de cotización 3.597€.

Como comprenderá fácilmente el ilustrado lector de este blog, el pronóstico más probable es que algunos o todos estos conceptos retributivos, más pronto que tarde, desaparezcan. Un ejemplo: una empresa que abone el conocido sistema de ticket restaurante a sus trabajadores por importe de 10€ día, a partir de ahora le costará, en función del CNAE de la empresa, alrededor de 13,29€.

Otra medida que afecta a los Autónomos que a su vez sean administradores de sociedades mercantiles es el  aumento de la base mínima de cotización, que se establece en 1.051,50 €. Traducido a costes, un aumento en el pago  692,16 € anuales .

En www.ilex.es  estamos deseando compartir buenas noticias, pero es evidente que el lugar donde encontrarlas no es el BOE. 

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